SERVICIOS QUE RECONOCE LA LEY DE DEPENDENCIA

Una vez reconocida la situación de dependencia y se elabora el Programa Individual de Atención (PIA), de acuerdo con las necesidades y preferencias del beneficiario pueden solicitarse estos servicios para personas con discapacidad mayores de 18 años:

 

  • Centros de atención residencial: proporcionan una atención integral. Ofrecen alojamiento, manutención, cuidados para la realización de actividades de la vida diaria, apoyo personal, familiar y social, actividades de rehabilitación y de ocio.
  • Centros de día: proporcionan habilitación personal y social, rehabilitación y asistencia especializada con objeto de potenciar el máximo desarrollo de sus capacidades y posibilidades de integración social.
  • Centros ocupacionales: destinados a la atención diurna de personas con discapacidad intelectual que no estén afectadas de forma severa. Estos centros favorecen y potencian el desarrollo de las capacidades y las posibilidades de integración socio-laboral.
     

Ayuda a domicilio: El servicio de ayuda a domicilio lo se ofrece en el domicilio de la persona reconocida en situación de dependencia con el fin de atender las necesidades de la vida diaria, relacionados con la atención personal, tales como apoyo en la higiene personal, en las comidas, en la movilización dentro del hogar o el acompañamiento o con la atención de las necesidades domésticas o del hogar como limpieza, lavado, cocina u otros.

 

Existen dos tipos de servicios:

 

Intensivo es compatible con los servicios de teleasistencia y de promoción de la autonomía personal, e incompatible con el resto de prestaciones y servicios:

 

  • Grado III Gran Dependencia: entre 65 y 94 horas mes
  • Grado II Dependencia Severa: entre 38 y 64 horas/mes
  • Grado I Dependencia Moderada: entre 20 y 37 horas/mes

 

No intensivo es compatible con el servicio de atención diurna para las personas con Grado III o II:

 

  • Grado III Gran Dependencia: hasta 30 horas/mes
  • Grado II Dependencia Severa: hasta 15 horas/mes
  • Grado I Dependencia Moderada: no existe esta intensidad

 

La participación del usuario en el coste del servicio de ayuda a domicilio vendrá determinada por el municipio donde resida.

 

Teleasistencia: Mediante un medallón o pulsera que el usuario lleva permanentemente, se envía, en caso de emergencia, una alarma a una central de atención. La comunicación telefónica se mantiene abierta mientras se gestiona la ayuda necesaria. El sistema funciona, a través de la línea telefónica, los 365 días del año.

 

El coste del servicio depende del lugar de residencia del usuario, ya que son los ayuntamientos o mancomunidades quienes establecen y regulan la participación económica del usuario.

 

La teleasistencia es compatible con todos los servicios y prestaciones, salvo con el Servicio de Atención Residencial.

 

Para cualquier consulta, no dude ponerse en contacto conmigo a través del correo electrónico info@teasesoras.com . También puede hacerlo a través de WhatsApp o llamando al número de teléfono 627 745 315.

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